Devolución de tasas
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ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR · LEGANÉS
Requisito para solicitar la devolución de las tasas
El/la titular de la cuenta bancaria donde se solicite el ingreso de la devolución tiene que coincidir con el solicitante de la misma, en este caso el/la estudiante.
Reglamento (UE) 2024/886 (Verificación del Beneficiario - IBAN / Name Check): este reglamento introduce una capa de seguridad crítica contra el fraude y las estafas electrónicas.
Obliga a las entidades de pago a verificar activamente de forma previa que el nombre del beneficiario coincide plenamente con el titular del IBAN de destino antes de completar cualquier transferencia.
Casos en los que procede la devolución de las tasas
- Anulación de matrícula completa: Únicamente procede la devolución del 50% del importe de la matrícula si se ha abonado el 100% y se solicita antes del inicio de las clases.
- Anulación de matrícula de asignaturas por reconocimiento de las mismas.
- Anulación de matrícula de asignatura por concesión de la compensación de la misma.
- Anulación de matrícula de asignaturas por superarlas en programa de intercambio.
- Concesión de Beca MECD o País Vasco.
- Incorrecta o no aplicación de deducciones en matrícula.
- Aplicación de tasas comunitarias a estudiantes extranjeros que acrediten su residencia en España.
- Aplicación incorrecta de tasa mínima.
- Premio extraordinario fin de carrera.
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El plazo de devolución será como máximo 3 meses desde la fecha de solicitud de la misma.
Página actualizada el 16/10/2026


